Ratifican multa por no exhibir precios de lo que se vende.
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso-administrativo Federal estableció cómo debe regularse la sanción de una multa originada en la exhibición de productos para su comercialización sin cartel indicativo de precios. En “Frávega SA c/ DNCI s/ Lealtad Comercial – Ley 22.802 – Art. 22”, la actora apeló la resolución de la Dirección Nacional de Comercio Interior (DNCI), que le impuso una multa de 150.000 pesos por infracción a los artículos 2º y 5º…