JURISPRUDENCIA | HONORARIOS PROFESIONALES. ETAPA EXTRAORDINARIA (art. 41, ley 9459). MÍNIMO -60 JUS-. Precisiones. PRINCIPIOS DE RAZONABILIDAD Y PROPORCIONALIDAD.
El letrado de la accionada se agravió por la regulación de honorarios que se practicó a su favor, por las tareas cumplidas en la etapa extraordinaria de casación. Denuncia que medió violación del art. 41 que establece un mínimo de 60 jus.