JURISPRUDENCIA – RECURSO DE CASACIÓN. CAUSAL FORMAL (art. 99, inc. 2.°, CPT). PRINCIPIO DE NO CONTRADICCIÓN. Violación. APORTES Y CONTRIBUCIONES SINDICALES. Procedencia. INASISTENCIA DE LA DEMANDADA A LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN. Consecuencias (art. 49, CPT). POSTERIOR ACTITUD CONTUMAZ. PRESUNCIONES (arts. 39 ib. y 55, LCT). Aplicación.
El Sindicato actor cuestionó la decisión del Tribunal que rechazó el reclamo de pago de aportes y contribuciones sindicales en contra de la empresa demandada. Dice que, la improcedencia de la vía ordinaria declarada por el a quo se encuentra huérfana de respaldo legal, doctrinario y jurisprudencial. Que el Sentenciante dictó el pronunciamiento sin aplicar las reglas que rigen el proceso de que se trata y exigió las previstas para la acción ejecutiva.
Fuero: Laboral,
Tribunal: T.S.J. Sala Laboral,
Voces: recurso,…