JURISPRUDENCIA – SITUACIÓN DE ADOPTABILIDAD. Revocación de la Sentencia que así la declara. GUARDA A LA ABUELA MATERNA. Prioridad a familiares o referentes afectivos. Preservación de vínculos biológicos. PRINCIPIO DE PRESERVACIÓN DE LOS VÍNCULOS FRATERNOS.
La Cámara revocó la sentencia que declaraba la situación de adoptabilidad de la niña y su entrega en guarda a los pretensos adoptantes, y dispuso el otorgamiento de su guarda a la abuela materna a fin de preservar sus vínculos biológicos, entre ellos los fraternos, por cuanto con su abuela también convive su hermano.