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Para reconocer se necesita un juez

La Cámara del Crimen revocó una sentencia que admitió que la rueda de reconocimiento fotográfica podía ser realizada por la fiscalía. Aplicando el Código Procesal Penal de la Nación, la Alzada recordó que la medida «deberá ser llevada a cabo por el juez bajo pena de nulidad»
Fuero: Penal
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional
Voces: reconocimiento fotográfico, presencia de juez, nulidad

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