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JURISPRUDENCIA – VIOLENCIA DE GÉNERO. VIOLENCIA OBSTÉTRICA. Hospital público. Post parto. Medida cautelar. Aislamiento social preventivo y obligatorio.

La Juez de Paz interviniente resolvió la prohibición de acercamiento y comunicación telefónica, por mensajes telefónicos o de cualquier otro medio hacia la actora, su hija recién nacida, su pareja, su madre R.M. y su grupo familia por parte del denunciado y su grupo familiar, fijando un perímetro de exclusión para circular o permanecer de 300 mts. de distancia de los domicilios o lugar de frecuencia de los primeros nombrados por el termino de seis meses.

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