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Lesionaron al empleado de seguridad de un bar: los condenaron y repararán el daño causado

Dos sujetos fueron condenados en juicio abreviado por un incidente ocurrido el 20 de diciembre de 2020 en un bar de la ciudad de Salta. Los hechos tuvieron lugar cuando los imputados provocaron disturbios en el establecimiento, lo que llevó al empleado de seguridad a expulsarlos del lugar.
Fuero: Penal,
Tribunal: Sala II del Tribunal de Juicio,
Voces: lesión a seguridad, condena, reparo de daño, disturbios, cuchillo, prisión condicional, plazos procesales, defensa, imputados,

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JURISPRUDENCIA | DERECHO PROCESAL. NOTIFICACIÓN. Notificación por e-cédula. Confección por el interesado. PLAZOS PROCESALES. Confección de e-cédula. Aplicación del plazo de “aviso de término” para la parte que notifica. Recurso. Admisión.

El juez de primera instancia reguló los honorarios del martillero designado. Frente a tal regulación, el martillero planteó recurso de aclaratoria, el que fue concedido en forma parcial. De este modo, el martillero volvió a plantear un pedido de aclaratoria, y frente a su rechazo planteó un recuro de apelación.

Tribunal: Cám. Civ. y Com. de 8ª Nom. (Córdoba)
Voces: notificación por e-cédula, confección del interesado, plazos procesales

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JURISPRUDENCIA – DERECHO CONSTITUCIONAL. Derecho procesal constitucional. AMPARO. Recurso de apelación. Interposición. Plazos procesales. Cómputo. Aplicación supletoria de las normas de procedimiento. Exclusión de días inhábiles. Improcedencia de aplicar las normas de derecho sustantivo.

El caso

El juez de primera instancia hizo lugar a la acción de amparo que promovió Alpacor SRL en contra de la AFIP y, en consecuencia, declaró la inconstitucionalidad del art. 35, inc. f) de la ley 11683 y la ilegitimidad de la sanción de clausura al comercio de la actora. El fisco apeló esa sentencia y, por mayoría, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba desestimó el recurso por extemporáneo. Para así decidir considero que el plazo de 48…

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DERECHO PROCESAL. PRUEBA TESTIMONIAL. Recepción fuera del asiento del tribunal. Requisitos de procedencia. PLAZOS PROCESALES. Plazos perentorios. Derecho a la conclusión del proceso en tiempo razonable.

El Caso: La juez de primera instancia declaró inadmisible el ofrecimiento de testigos domiciliados fuera del asiento del tribunal. Con posterioridad, desestimó el requerimiento de que dichas testimoniales se practicaran en la sede del juzgado ante el cual tramitaba la causa, por considerar que tal ofrecimiento resultaba extemporáneo, en razón de lo prescripto por el art. 212, 1º párrafo, CPCC. La Cámara de Apelaciones revocó dicha resolución y, en consecuencia, la demandada articuló recurso de casación. Finalmente, el Tribunal Superior…

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