Rechazan la multa del art. 132 bis LCT por no indicar los períodos impagos por la empleadora
En la causa «G., J. O. c/Fundación Madres de Plaza de Mayo s/Despido» los causahabientes del trabajador fallecido impugnaron el pronunciamiento de grado que les fue favorable, por entender que debía prosperar el reclamo patrimonial fundado en el art. 132 bis LCT.
Fuero: Laboral
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Voces: despido, art. 132 bis LCT, períodos impagos