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JURISPRUDENCIA – DERECHO PROCESAL. Actos procesales. NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. Alcance. Perfeccionamiento de la notificación. REMITENTE. Cómputo. Interpretación normativa.

El recurso de casación interpuesto por los actores en contra del Auto dictado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, fundado en los motivos contemplados en los incs. 1.° y 3.° del art. 383 del Código Procesal Civil y Comercial. El Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba rechazó la impugnación.
Tribunal: T.S.J. Sala Civil y Comercial
Voces: notificación electrónica, remitente, perfeccionamiento de la notificación

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