JURISPRUDENCIA – RESPONSABILIDAD PARENTAL. Fallecimiento de uno de los progenitores. CUIDADO PERSONAL: Legitimación. Improcedencia del pedido efectuado por los abuelos.
En contra de la resolución de primera instancia que rechazó la legitimación de los abuelos para reclamar el cuidado personal de su nieta de manera compartida con el padre de ella, los ascendientes interpusieron recurso de apelación, esgrimiendo que, aunque la norma aplicable reconoce a los progenitores el mismo derecho al cuidado personal de los hijos en función del interés superior del niño, sin embargo, nada dice en forma expresa para el supuesto en el cual la madre no…