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La falta de prueba de ADN no compromete la efectividad y validez del juicio de declaración de paternidad post mortem.

La falta de examen de ADN no es un impedimento para la declaración de paternidad post mortem, ya que ese medio probatorio no es el único disponible y válido para realizar la declaración correspondiente.
Fuero: Internacional
Tribunal: Corte Suprema de Ecuador
Voces: prueba de ADN, efectividad, paternidad post mortem

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