JURISPRUDENCIA – ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DEL TRABAJO. LEY 10456. DICTAMEN DE LA COMISIÓN MÉDICA. IMPUGNACIÓN. PLAZO (45 días, art. 3, ley 10456). DESPLAZAMIENTO CONSTITUCIONAL. Improcedencia. PARTICULARIDADES. NOTIFICACIÓN DEL ACTO DE CLAUSURA EN PANDEMIA COVID-19. Acuerdo Reglamentario 1620 TSJ: DÍAS INHÁBILES. Consecuencias. Admisión de la demanda.
La parte demandada dedujo recurso en contra de la decisión de la Cámara del Trabajo que en grado de apelación, y por mayoría, confirmó la del Juez de Conciliación que había declarado la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 10456. Solicitó la aplicación de la normativa mencionada y se admita la caducidad del plazo allí previsto.
Fuero: Laboral,
Tribunal: T.S.J. Sala Laboral,
Voces: accidentes, comisión médica, desplazamiento, clausura, pandemia, covid, demanda,