JURISPRUDENCIA – NIÑEZ. Declaración de la situación de adoptabilidad. Inviabilidad de alternativas familiares. Guarda con fines de adopción: Otorgamiento a quienes detentaban el cuidado del adolescente como familia comunitaria. Otorgamiento a ambos guardadores pese a que la relación de pareja se encontraba disuelta al momento de otorgarse dicha guarda. Asunción responsable del cuidado y contención por ambos guardadores.
La jueza interviniente resolvió ratificar el cese de la medida excepcional de protección de derechos ordenada por la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia -Senaf-; disponer la situación de adoptabilidad del adolescente, y otorgar la guarda con fines de adopción a la familia comunitaria que tuvo a cargo el cuidado del adolescente durante la vigencia de la medida excepcional.