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ACV es enfermedad profesional

La Corte de Mendoza consideró que el accidente cerebro vascular sufrido por un obrero, de 34 años, constituye una enfermedad de índole profesional. El hecho ocurrió luego de correr un andamio en una construcción.
Fuero: Laboral
Tribunal: Suprema Corte de Justicia de Mendoza
Voces: accidente cerebro vascular, enfermedad profesional, obrero de la construcción

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ART deberá indemnizar a obrero de la construcción que cayó de una escalera

Un obrero de la empresa Lo Bruno Construcciones S.A. se encontraba bajando la escalera de la obra, trastabilló al pisar el borde de un escalón y cayó de espaldas al suelo. Al intentar frenar la caída tomándose de la baranda con su mano, se lesionó el hombro izquierdo y se lo luxó.

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