DOCTRINA – DESESTIMACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA SOCIEDAD -Una mirada AMPLIA que debería revisarse a la luz de la doctrina judicial de la Corte Federal. Autor: Ariel A. Germán Macagno
La persona jurídica sociedad cumple una etapa fundacional que comienza con el análisis de la idea asociativa por parte de los futuros socios.
Desde lo jurídico, se suscribe un contrato (o acuerdo social) que indica el paso previo a las negociaciones en común. Una vez que la persona jurídica sociedad ha sido constituida, se desenvuelve, adquiere plenitud de gestión como ente unitario, quedando habilitada para establecer vínculos con terceros (acreedores voluntarios e involuntarios) hasta que concluye su existencia como tal.