Recuerdan que es la empleadora quien debe depositar y/o consignar judicialmente la indemnización debida
En la causa «J., N. A. c/Zona Oeste Salud S.A. s/Despido», la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la resolución de primera instancia donde se consideró inaceptable la postura de la demandada en tanto pretendió deslindar su responsabilidad bajo el argumento de que «fue la accionante quien nunca se presentó a cobrar las indemnizaciones y retirar los certificados de trabajo, que siempre se pusieron a disposición de aquella».
Fuero: Laboral
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del…