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Derecho de habitación viudal sigue si el cónyuge supérstite contrajere nuevas nupcias

Se revocó la sentencia que hizo lugar al cese del derecho real de habitación que ostentaba la ex cónyuge supérstite por haber contraído nuevas nupcias, con fundamento en el derogado Código Civil. El nuevo C.Civ.Com. ha eliminado la causal de extinción del derecho de habitación. (2´10´´)

Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial. Necochea.

Voces: derecho de habitación del cónyuge supérstite, causa de extinción, nuevas nupcias.

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