No hay desobediencia si se notifica por WhatsApp
La Cámara del Crimen sobreseyó a un hombre por el delito de desobediencia de una restricción de acercamiento cuya notificación fue enviada por WhatsApp. El imputado aseguró que nunca recibió el mensaje. El Tribunal entendió que si bien se admiten algunas flexibilizaciones a los medios tradicionales, se debe cuidar que no se afecte el debido proceso.
Fuero: Penal
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional
Voces: delito de desobediencia, restricción de acercamiento, notificación vía Whatsapp