No legitiman a mujer al no demostrar que era la concubina.
En una causa por un accidente de tránsito, en el que falleció quien ella decía que era su pareja, pedía ser indemnizada por daños y perjuicios. Siendo que al momento del accidente la persona fallecida era de estado civil casado con otra mujer, el Juzgado Civil y Comercial de 40ª Nominación de Córdoba rechazó la pretensión indemnizatoria de lucro cesante por derecho propio invocada por quien dijo ser concubina del causante. Fuente: Comercio y Justicia