DECLARACIÓN DE REINCIDENCIA. Requisitos. Necesidad de notificación de sentencia firme al servicio penitenciario.
El Caso: La Cámara en lo Criminal y Correccional de la ciudad de Villa María, por Sentencia, resolvió -en lo que aquí interesa-: Declarar al imputado autor responsable del delito de Robo Calificado con Armas (art. 166 inc. 2°, primera parte, del Código Penal) e imponerle para su tratamiento penitenciario, la pena de cinco años de prisión en forma efectiva, con accesorias de ley, costas y declaración de reincidencia (arts. 5, 9, 12, 19, 29 inc. 3°, 40, 41y 50…