DOCTRINA – El Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 297/20, de aislamiento obligatorio, y su naturaleza jurídica. ¿Se puede declarar el estado de sitio? – Autor: Enrique Fernando Novo
La Constitución Nacional, sancionada el 11 de marzo de 1949, en su artículo 34 establecía: “En caso de conmoción interior o de ataque exterior, que ponga en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales. Pero durante esta suspensión no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar…