Hasta que haya sentencia, mitad para la cónyuge y mitad para la conviviente.
En el caso se encuentra en disputa el beneficio entre la mujer que tiene la calidad de cónyuge y quien acreditó en sede administrativa ser quien convivió con el causante hasta su deceso. Al sostener que las excepcionales facultades con que cuenta la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba para suspender, revocar, modificar o sustituir en sede administrativa un beneficio acordado -aunque la prestación se hallara en vías de cumplimiento- exige como condición que la nulidad resulte…