Juzgado de Garantías no hace lugar a medida de seguridad y remite causa al fuero civil. Inimputabilidad.
La pretensión de la parte acusadora es la de imponer a la imputada una MEDIDA DE SEGURIDAD por el Plazo de UN año consistente en la internación compulsiva para el Tratamiento de su Salud Mental para luego, continuar con el mismo de forma ambulatoria.
Fuero: Penal
Tribunal: Juzgado de Garantías Nº4 de Paraná
Voces: inimputabilidad, medida de seguridad, justicia civil