Rechazan el amparo de salud intentado por no individualizar el acto lesivo
En los autos “P. N. A. c/OSOCNA y otro s/Amparo de Salud”, el Juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada, y ordenó a ambas demandadas, Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y a la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE), mantener a la actora en el mismo plan de salud que tenía antes de jubilarse. A tal fin, se dispuso la pertinente desviación de los aportes.