JURISPRUDENCIA – ALIMENTOS PROVISIONALES. ALIMENTOS DEBIDOS AL HIJO. Cuidado personal compartido con la modalidad indistinta. Tareas de cuidado personal: valor económico. Mayor edad de los adolescentes. SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL
En contra de la resolución que fijó en concepto de alimentos a favor de los hijos y a cargo de sus progenitores la suma equivalente a tres Salarios Mínimo Vital y Móvil que deberá ser soportada por ambos en partes iguales, la progenitora incidentista interpuso recurso de apelación. La apelante cuestiona la resolución sosteniendo que peticionó la modificación de la cuota alimentaria originariamente pactada (de $30.000) al equivalente de 3.5 SMVM y que se estableciera sólo a cargo del…