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JURISPRUDENCIA – MEDIDA AUTOSATISFACTIVA. AMPARO (LEY N.° 4915). MEDIDA CAUTELAR. Reconducción procesal. Provisoriedad de la invalidez. Cambio de carácter. Enfermedad irreversible. Nueva junta médica.

La actora que padece una enfermedad irreversible interpone medida autosatisfactiva solicitando la declaración de nulidad de la Resolución de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mediante la cual se le otorga el beneficio jubilatorio por invalidez, con carácter provisorio. Ello, atento que dicho carácter le impedía acceder a las prestaciones que le correspondían por la extinción del vínculo laboral.
Tribunal: Cám. Cont. Adm. de 2ª Nom. (Córdoba)
Voces: medida autosatisfactiva, ley 4915, medida cautelar

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