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JURISPRUDENCIA – CONTROL DE LEGALIDAD: Suspensión del cese de la medida. SALUD MENTAL: Garantía de su efectivo cumplimiento. Coordinación entre el Sistema de Salud y el Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos de NNyA. PENAL JUVENIL: Medidas de carácter provisorio y excepcional. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO.

La jueza resolvió declarar la inaplicabilidad del cuarto párrafo del art. 48 de la Ley 9944 y ratificar la suspensión del cese de la medida excepcional dispuesta por el organismo administrativo. Expresó que respecto del joven se adoptó una medida excepcional permaneciendo en una residencia por carecer de referentes adultos, existiendo una orden de restricción con su progenitora.
Fuero: Familia,
Tribunal: Juzg. Cont., Niñez, Adol., Penal Juv., Viol. Fliar., Género y Faltas, Jesús María,
Voces: control de legalidad, salud mental, derechos, penal…

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