DOCTRINA – La suspensión de ciertos efectos del contrato de trabajo por caso fortuito o fuerza mayor en el contexto de las intervenciones estatales por la pandemia de Covid-19. Autor: Gabriel Tosto.
La doctrina laboralista argentina muestra cierto consenso al reconocer que una de las manifestaciones características del contrato de trabajo es la posibilidad que tiene de soportar alteraciones temporales, más o menos prolongadas, que no tienen por sí y como corolario la extinción del contrato, sino que, desaparecidos los presupuestos de hecho que dieron origen a la suspensión de ciertos efectos de algunas de las obligaciones contractuales, el vínculo jurídico retoma plena vigencia .