JURISPRUDENCIA – DERECHO DE DAÑOS. ACCIÓN PREVENTIVA DE DAÑOS. Requisitos de procedencia. FACULTADES DEL JUZGADOR. Alcance. Interpretación normativa. COSTAS. Cuestión abstracta. Imposición. Principio general. Alcance.
El caso
La sentencia de la instancia precedente declaró que la cuestión había devenido en abstracta por sustracción sobreviniente de la materia objeto del litigio. Dispuso también en carácter de solución provisoria, encomendar a las abogadas patrocinantes de las partes el acompañamiento y observancia en el presente año calendario con informes mensuales, respecto del estado de salud y problemática de revictimización de los jóvenes involucrados. El decisorio fue recurrido por la actora. La Cámara admitió parcialmente el recurso.