JURISPRUDENCIA – ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DEL TRABAJO. REPARACIÓN. LEGITIMACIÓN ACTIVA. DERECHOHABIENTES. Hijos menores. Derecho “in iure propio”. Alcance. COMPENSACIÓN DINERARIA ADICIONAL DE PAGO ÚNICO (CAPU) (art. 15 LRT). Régimen Legal. Tasa legal. Ausencia. INTERESES COMPENSATORIOS. Procedencia. Determinación judicial (art. 767, CCCN). Protección general de interés superior de la niña, niño y adolescente (Convención sobre los Derechos del Niño, ley N.° 23849; arts. 3 y 5 Ley de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes N.° 26061). PERJUICIO ECONÓMICO. Enriquecimiento sin causa del deudor. INTERÉS COMPENSATORIO DEVENGADO POR EL VALOR DEL INGRESO BASE + RIPTE (art. 12 inc. 2, LRT). DNU 669/2019. Aplicación. EFECTO RETROACTIVO. Cálculo. TASA DE VARIACIÓN DE LAS RIPTE. RESOLUCIÓN SSN N.° 1039/19. CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE OFICIO. Exceso Reglamentario. Procedencia. BENEFICIARIOS art. 18, inc. 2, LRT). Derechohabientes. Hijos menores. DISTRIBUCIÓN. Remisión (art. 98, ley 24241). PAUTAS. Proporción. MORA. Intereses legales (art. 12 inc. 3, LRT). TASA LEGAL. Inicio del cómputo. Precisiones.
Los hijos menores del trabajador fallecido en un accidente in itinere interpusieron formal demanda laboral abreviada en contra la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, reclamando la prestación dineraria del art. 15 -2.° párrafo, ap. 2- de la ley n.° 24557 y la compensación dineraria adicional de pago único (CAPU), del art. 11 -ap. 4- de la mencionada LRT actualizada. Cuestionaron la liquidación practicada ante la Comisión Médica Jurisdiccional n.° 5. Relataron cómo sucedió el accidente y el periplo hasta…