Tribunal de Argentina resuelve que existe relación laboral entre informático y club deportivo.
El contrato de trabajo prescinde de las formas frente a la evidencia incontrastable de los hechos, por lo que ninguna relevancia tienen las manifestaciones que pudieren haber realizados las partes de buena o mala fe para calificar su relación.
Fuero: Laboral
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Voces: relación laboral, institución deportiva, prueba