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Indemnizan a trabajadora a prueba, despedida después de comunicar su embarazo.

El Tribunal Superior de Justicia cordobés consideró que habiendo denuncia de discriminación planteada por la trabajadora, era el empleador el que debía fundar el motivo por el cual se la Cesanteó. El contrato de trabajo con período de prueba, establecido en el artículo 92 ter. de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) no puede permitir que en su nombre se discrimine a un trabajador si no se está frente a una falta de idoneidad del trabajador para la…

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