El interés de un plan de pago para cuotas de un concordato.
La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial estableció que los intereses derivados del incumplimiento del pago de las cuotas de un concordato serán los previstos por el plan de pagos implementado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA). En el marco de la causa “Posse Carlos Alberto s/ Concurso preventivo”, el Fisco porteño apeló la resolución de grado con el fin de que los intereses de las cuotas concordatarias fuesen liquidados…