La quiebra no altera el funcionamiento del ente disuelto.
La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial destacó que la quiebra no altera el funcionamiento orgánico del ente disuelto, acotándose en sus efectos a la subsiguiente liquidación en los términos de la ley concursal y sus consecuencias. En “Frigorífico Equino Entre Ríos s/ Quiebra s/ Incidente de Medida cautelar de Veronesi, José María”, la incidentista apeló la resolución de grado que rechazó la medida cautelar tendiente a que, en los términos del artículo 85…