Confirman que deberán pagar a un trabajador indemnización completa por incapacidad absoluta
En primera instancia y Cámara consideraron que la incapacidad del trabajador es absoluta. Esto implica que la empresa deberá abonar un monto igual a lo que establece el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) que se refiere al despido arbitrario o injusto. El Superior Tribunal de Justicia confirmó esa decisión.
Fuero: Laboral
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de Corrientes
Voces: indemnización completa, incapacidad absoluta, despido arbitrario o injusto