Por orden de la justicia, una mujer conviviente recibirá el seguro de vida por la muerte de su pareja.
Pese a no estar unidos en matrimonio, la Justicia entendió que la aseguradora igualmente debía pagarle a la mujer. La empresa no la considera la heredera legal.
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Nacional en lo Comercial
Voces: contrato de seguro de vida, conviviente, heredera legal