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Dictaminan que el rechazo a brindar acceso a la información pública debe ser debidamente fundado

El fiscal Fabián Canda consideró que deben admitirse dos amparos interpuestos contra el Ministerio de Defensa de la Nación y contra la Superintendencia de Servicios de Salud a fin de que brinden información de carácter público. En ambos casos se expidió sobre la naturaleza de los principios de “máximo acceso” y de “buena fe”.
Fuero: Civil y Comercial,
Tribunal: Fiscalía en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal Nº8,
Voces: rechazo, acceso directo, información pública, fundamento, servicios de salud, amparo,

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La Corte Suprema sostuvo que la Administración Pública está obligada a fundar sus actos aun cuando ellos sean consecuencia del ejercicio de sus facultades discrecionales

Al pronunciarse en la causa FRO 9979/2019 “Scarpa, Raquel Adriana Teresa c/ Estado Nacional – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos s/ amparo ley 16.986”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría integrada por los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, y con el voto concurrente de la jueza Elena Highton de Nolasco, confirmó la decisión de la Sala A de la Cámara Federal de Rosario que había declarado la invalidez de la…

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