Los jubilados no pueden seguir esperando
Por unanimidad, el Máximo Tribunal ordenó dictar un nuevo pronunciamiento en un caso de reajuste de haberes jubilatorios, en el cual se declararon exentas del pago de ganancias las retroactividades abonadas por la ANSES y se estableció que la actora debía ocurrir ante la AFIP mediante un nuevo trámite administrativo.
Fuero: Previsional
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: reajuste de haberes jubilatorios, ganancias, trámite administrativo