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Fallo: Una condena a destiempo no es una condena. Extinción de la acción por violación del plazo razonable de ejecución.

En un novedoso fallo el Juez de Ejecución Penal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén Alejandro CABRAL, dispuso la extinción de la acción por violación del plazo razonable de ejecución, de una persona que había sido condenada a la pena de prisión de 4 años y 6 meses de prisión, el día el 20/03/17, esto es 6 años y 5 meses desde el dictado de la sentencia.
Fuero: Penal
Tribunal: Tribunal Oral Federal de Neuquén
Voces: plazo razonable, acción…

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