El Estado paga a la abogada del niño.
Admiten el beneficio de litigar sin gastos para una niña pobre y reconocer el derecho de su letrada, en calidad de abogada del niño, de acceder a sus honorarios, los que deberán correr por cuenta del Estado.
Fuero: Penal
Tribunal: Tribunal en lo Criminal N° 3 de Bahía Blanca
Voces: beneficio de litigar sin gastos, abogado del niño, responsabilidad del Estado.