TUCUMÁN: NO ES CORRECTO EXIGIR MÁS REQUISITOS QUE LOS ESTABLECIDOS POR LEY EN MATERIA DE LIBERTAD CONDICIONAL.
De estos artículos se desprenden cuestiones que merecen ser analizadas: Primero, según la ley, los requisitos para acceder a la libertad condicional son los siguientes: El requisito temporal expresado en la primera parte del Art. 13 del CP; haber observado con regularidad los reglamentos carcelarios; Informe de la dirección del establecimiento que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social. Como es de notar, tanto el Art. 28 de la ley 24660 como el Art. 13 del CP…