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STJ de Entre Ríos dispone que el art. 56 bis de la ley 24.660 vulnera principios de resocialización y proporcionalidad de la pena

El artículo 56 bis de la ley 24.660 resulta inaplicable por irracional; y expresé las razones que me condujeron a esa conclusión, las que resultan plenamente aplicables a la decisión del caso en análisis por ser muy similares los planteos.

Fuero: Penal
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos
Voces: ejecución penal, principio de proporcionalidad, resocialización

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