La Corte Suprema consideró que la lectura del fallo condenatorio sin la presencia del acusado no es notificación fehaciente
Así lo dispuso al revocar una decisión que declaró extemporáneo el recurso de casación, por contar el plazo de notificación desde la lectura del fallo y no desde la notificación personal al condenado en prisión.
Fuero: Penal
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: derecho de defensa, recurso de casación, extemporaneidad