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La Corte Suprema consideró que la lectura del fallo condenatorio sin la presencia del acusado no es notificación fehaciente

Así lo dispuso al revocar una decisión que declaró extemporáneo el recurso de casación, por contar el plazo de notificación desde la lectura del fallo y no desde la notificación personal al condenado en prisión.
Fuero: Penal
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: derecho de defensa, recurso de casación, extemporaneidad

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CSJN: Defensa en juicio y debida notificación de la sentencia al condenado

Luego del rechazo de otros recursos en las anteriores instancias la defensa de un condenado interpuso recurso extraordinario. La Corte aclaró que dicho recurso es improcedente cuando se pretende revisar las decisiones de los tribunales de la causa en materia de admisibilidad de los recursos por tratarse de un aspecto procesal, pero consideró que en el caso se presentaba una excepción ya que se podría privar definitivamente al imputado del derecho a la revisión de la condena.
Fuero: Penal
Tribunal:…

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