CNCCC. ANULA EXTINCIÓN POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR FALTA DE PERSONA IMPUTADA
La resolución impugnada declaró extinguida la acción penal (Art. 59, inc. 3°, CP) por considerar que había operado el plazo de prescripción previsto en el art. 62 inc. 5° del C.P. Observado el caso, se advierte la particularidad que no existe, de momento, un imputado individualizado en el marco de este proceso.
Fuero: Penal
Tribunal: Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
Voces: extinción de la acción penal, prescripción, imputado