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El pago de una multa no extingue la acción penal por violar normas sanitarias durante la pandemia

Los imputados habían organizado una fiesta en el establecimiento denominado Pinar del Río para 272 personas sin respetar de las medidas básicas de prevención contra el virus COVID-19.
Fuero: Penal
Tribunal: Cámara en lo Criminal y Correccional 2ª Nominación
Voces: propagación de enfermedades peligrosas, extinción de la acción penal, reparación integral del daño

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