No hay daño moral para el trabajador
La Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia laboral que otorgó una partida especial para atender el daño moral que sufrió un trabajador a raíz del accidente in itinere. Se deberá solicitar ese rubro mediante una acción civil.
Fuero: Laboral
Tribunal: Corte Suprema de Justicia
Voces: accidente in itinere, daño moral, tragedia de Flores