Vuelta atrás: Se revoca la situación de adoptabilidad de unos niños hasta tanto se intente revincularlos con sus padres durante noventa días, para que luego el Juez se expida sobre su restitución o no a la familia de origen
Se revoca la declaración de situación de adoptabilidad ya que en sede administrativa no se había intentado revincular a los niños con sus progenitores, estableciendo que tal revinculación tenga lugar durante noventa días, luego de lo cual el Juez de Primera Instancia deberá expedirse sobre la restitución o no de los niños a su familia de origen.
Fuero: Familia
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de La Pampa
Voces: situación de adoptabilidad, revinculación con los progenitores, restitución a la familia de origen