Porque los abuelos están en situación de vulnerabilidad desestiman los alimentos provisorios
La jueza de Primera Instancia de Personas y Familia de Segunda Nominación de Orán Ana María Carriquiry declaró inaplicable el artículo 668 del Código Civil y Comercial en un caso donde los abuelos paternos están en situación de vulnerabilidad.
Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Primera Instancia de Personas y Familia de Segunda Nominación de Orán
Voces: progenitor afín, abuelos paternos, situación de vulnerabilidad