El trámite de una apelación no suspende cautelares que protegen la vida, la salud o el ambiente
El TSJ, en pleno, determinó cómo debe ser interpretado el artículo 15 de la Ley de Amparo para no afectar a quienes se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad.
Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Tribunal Superior de Justicia de Córdoba
Voces: recurso de apelación, medidas cautelares, suspensión