Las resoluciones que ordenan el pago de la tasa de justicia no impiden la normal prosecución del trámite del juicio
En la causa “Telefónica Móviles Argentina S.A. c/DNCI s/Defensa del consumidor – Ley 24240 – Art. 45”, la parte actora fue intimada para que en el plazo de 5 días ingresara la suma equivalente al 1,5% del monto debatido en concepto de tasa de justicia, con más el 50% de dicho monto a título de multa por retardo. Posteriormente, la parte demandada acusó la caducidad de instancia, sosteniendo que desde la intimación formulada por el Tribunal su contraria no había…